La Anses presentó un recurso ante la Corte contra el fallo que ordena pagarle una pensión a Cristina Kirchner

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El Ministerio de Capital Humano comunicó este miércoles que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) -organismo que depende de esa cartera-, presentó ante la Corte Suprema un recurso de queja, en un intento por lograr que se revoque la medida cautelar que le ordenó al Gobierno restituirle a la expresidenta Cristina Kirchner, condenada por corrupción, una de las varias veces millonarias prestaciones de privilegio que cobró hasta noviembre de 2024.

La presentación se suma, así, a la concretada ayer, en representación del Ministerio Público Fiscal, por Juan Carlos Paulucci, fiscal general subrogante de la Fiscalía General N° 1 ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, tal como informó LA NACION.

El miércoles 29 de abril, por dos votos contra uno, la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó un recurso extraordinario contra un fallo dictado en febrero último. En consecuencia, la Anses quedó obligada a abonar la prestación reclamada por CFK. En noviembre de 2024, último mes en que se pagó, el ingreso en cuestión fue, luego de descuentos, de casi $12,5 millones. Tanto la Anses como el fiscal Paulucci habían solicitado la habilitación de un recurso extraordinario para que el tema llegara a la Corte.

La decisión tomada en febrero por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini, de la mencionada Sala III, implicó darle lugar a una medida cautelar solicitada por la exfuncionaria para volver a cobrar la pensión que recibía en calidad de viuda del expresidente Néstor Kirchner. El pedido de la expresidenta fue que se le pagara provisoriamente la pensión, mientras se resuelve el juicio en el que reclama la restitución permanente no solo de esa pensión, sino también de la asignación vitalicia que percibía por ser expresidenta.

Baja de los beneficios

Los dos beneficios fueron dados de baja por una resolución de la Anses en noviembre de 2024. Eso ocurrió luego de la condena dictada por la Cámara de Casación Penal Federal, que consideró a Cristina Kirchner “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”. Tal condena fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En su comunicado, Capital Humano afirma que existen “múltiples razones legales” para elevar el recurso de queja a la Corte. “Resulta especialmente inadmisible que una persona condenada por delitos contra el Estado acceda a una millonaria pensión de privilegio mientras reclama, además, el cobro de una jubilación honorífica también de carácter excepcional”.

Por su parte, el fiscal Paulucci sostuvo en su presentación que, en un dictamen previo en el marco de la causa, había expresado que la situación de CFK en el juicio sobre la causa Vialidad resulta determinante para una decisión sobre el cobro provisorio de una prestación, dado que la condena implica, mientras dure, “la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar”. Ello, más allá de lo que se decida en cuanto a la cuestión de fondo sobre la validez o no de la resolución 1092/2024 de la Anses, que dio de baja las dos asignaciones de privilegio.

Una vez conocida aquella resolución, firmada por el entonces director ejecutivo Mariano de los Heros, CFK inició una demanda para recuperar las dos prestaciones, originadas en la ley 24.018. Si bien la normativa no las define como “de privilegio”, son así conocidas debido a que, para acceder a su cobro, no se requiere ni una cantidad de aportes ni una edad determinada. Iniciado ese juicio, CFK pidió una cautelar para cobrar, mientras sigue el trámite, uno de los dos ingresos.

Ese pedido fue rechazado en noviembre de 2025 por la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1. Pero, tras la apelación, los jueces Russo y Fantini admitieron el pedido, alegando cuestiones alimentarias.

Pedido denegado

Tras esa decisión, la Anses y el Ministerio Público Fiscal hicieron presentaciones para que se habilitara un recurso extraordinario y la cuestión llegara al máximo tribunal. Ese pedido fue negado la semana pasada por los jueces Russo y Fantini, en tanto que la tercera integrante de la Sala, la jueza Nora Dorado, votó en favor de hacer lugar a la solicitud del Estado.

La presentación del recurso de queja ante la Corte no tiene, en general, efecto suspensivo de la orden cuestionada. Es decir, debería cumplirse con el pago a la expresidenta. El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación dispone que, “mientras la Corte no haga lugar a la queja, no se suspenderá el curso del proceso”, aunque podría haber “casos muy especiales” en que se otorgue un efecto suspensivo, según un informe de la Secretaría de Jurisprudencia de la Corte, publicado en diciembre de 2024.

El importe total de las dos asignaciones cobradas hasta noviembre de 2024 incluía unos $6 millones de plus por zona austral, ya que el domicilio declarado era en Santa Cruz, pese a que la exfuncionaria no residía allí. Por esto último, existe una denuncia penal. Se da por descontado que, con CFK cumpliendo prisión domiciliaria en la Ciudad de Buenos Aires, el adicional por zona austral no será repuesto. Sin considerar ese plus, el monto cobrado por la prestación que los jueces ordenaron reponer fue, 17 meses atrás, de $9.658.606,27. Fuentes cercanas al caso estimaron en una cifra similar lo que se debería pagar por la cautelar. No obstante ello, las prestaciones para expresidentes tienen actualizaciones según mecanismos no públicos.

“Carácter alimentario”

En la sentencia de la Cámara previsional que en febrero de este año admitió el pedido de CFK, se sostuvo que “corresponde otorgar prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada la actora como consecuencia de la decisión adoptada por el organismo” (en referencia a la resolución de la Anses que dispuso la baja).

La expresidenta había comenzado en una primera etapa a percibir dos beneficios de privilegio a la vez luego de terminar su mandato presidencial. Aún en tiempos de su propia gestión, se le había otorgado la jubilación como expresidenta, al mismo tiempo que ya cobraba la asignación como viuda.

Durante el gobierno de Mauricio Macri se le dejó de pagar una de las prestaciones, en una decisión justificada en las incompatibilidades fijadas en la ya mencionada ley 24.018.

Sin embargo, en marzo de 2021 y en medio de un juicio en trámite sobre la cuestión, la entonces directora ejecutiva de la Anses y militante camporista, Fernanda Raverta, repuso el pago de la prestación suspendida.

El artículo 5 de la ley 24.018 indica que el cobro de la asignación de expresidente “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. Si bien no hay mención explícita a una asignación vitalicia prevista por la misma ley, la misma ley define como una “pensión” a la asignación por ser viuda de un exmandatario.

Más allá de esa discusión sobre el doble cobro, la resolución de baja de noviembre de 2024 argumenta que no corresponde el cobro de ninguna prestación, porque eso resulta incompatible con haber cometido un delito “en ejercicio de la misma función pública” por la cual se origina el beneficio.

La cuestión del cobro del doble beneficio tiene su propia causa judicial aún abierta, luego de que la entonces diputada nacional Graciela Ocaña, presentara años atrás un recurso de queja ante la Corte Suprema (después de haber agotado otros recursos), para procurar que la cuestión no quedara archivada, tras la decisión del gobierno anterior (en el cual CFK fue vicepresidenta) de otorgarle administrativamente los dos beneficios de forma simultánea.


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