Buenas noticias para el ICE en Florida: DeSantis celebró una ley para destituir alcaldes que no colaboren con la agencia

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En medio del conflicto entre la administración Donald Trump y el gobierno de Minneapolis, Minnesota, Ron DeSantis enfatizó que Florida cuenta con herramientas legales para remover de sus cargos a alcaldes y otros funcionarios locales que no cooperen con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés).

La ley contra alcaldes anti ICE que celebró DeSantis

Durante una declaración pública, Ron DeSantis fue explícito al explicar el alcance de la normativa que impulsó su administración. En específico, el gobernador sostuvo que no está dispuesto a que Florida repita experiencias de otros estados donde las autoridades locales se enfrentaron abiertamente a las agencias federales.

“No quiero una situación como la del alcalde de Minneapolis en Florida”, subrayó, en referencia a los conflictos recientes entre el gobierno municipal de Minnesota y las fuerzas federales de seguridad.

Para evitar eso, destacó la vigencia de una ley del Estado Soleado que permite que, si un alcalde o cualquier funcionario incurre en conductas no cooperativas o intenta bloquear activamente el accionar del ICE, el gobierno estatal tiene la capacidad de suspenderlo o directamente removerlo de su cargo. “Todos saben cuáles son sus deberes. Todos saben que tienen que colaborar”, insistió.

Qué es la ley SB 2-C, que respalda a DeSantis para remover alcaldes anti ICE

El sustento de las advertencias de DeSantis es la ley SB 2-C, aprobada y puesta en vigor desde el 13 de febrero de 2025. Se trata de una norma amplia, que abarca desde restricciones administrativas hasta la creación de nuevos organismos estatales dedicados específicamente al control migratorio.

La legislación contempló una asignación presupuestaria y estableció una arquitectura institucional orientada a reforzar la cooperación con las agencias federales. Entre otros puntos, creó el State Board of Immigration Enforcement dentro del Departamento de Aplicación de la Ley de Florida y un Consejo Estatal de Ejecución Migratoria con funciones específicas de coordinación.

La Ley SB 2-C, que entró en vigor el 13 de febrero de 2025, establece un marco legal estricto que otorga al ejecutivo estatal la autoridad para sancionar administrativamente a cualquier funcionario que bloquee las acciones de control migratorio

Sin embargo, uno de los aspectos más sensibles de la ley es el que habilita al gobernador a actuar directamente contra funcionarios estatales, de condados y municipales que incumplan sus obligaciones en materia migratoria.

En la enmienda a la sección 908.107 de los Estatutos de Florida, titulada “Enforcement”, se establece que cualquier funcionario ejecutivo o administrativo que viole sus deberes puede quedar sujeto a medidas por parte del gobernador, incluida la posible suspensión de su cargo.

Además, la norma aclara que, en virtud de la Constitución del Estado, el mandatario estatal puede iniciar acciones judiciales en nombre de Florida para forzar el cumplimiento de la ley o para impedir actos considerados no autorizados y contrarios a ese marco legal.

Sanciones personales y castigos económicos hacia los funcionarios que no colaboren con el ICE

La SB 2-C no se limita a habilitar suspensiones o destituciones. También introduce sanciones económicas directas para los funcionarios que, a criterio de un tribunal, actúen de manera deliberada y consciente en violación de sus deberes.

En la sección 908.105, dedicada al cumplimiento de las órdenes de detención migratoria, se establece que un juez puede imponer multas civiles de hasta 5000 dólares contra funcionarios electos o designados, o contra el jefe de la agencia administrativa bajo cuya jurisdicción ocurrió la infracción.

La enmienda a la sección 908.107 de los Estatutos de Florida, bajo el título “Enforcement”, es el mecanismo específico que faculta al gobernador para iniciar la suspensión de cargos ejecutivos o administrativos que violen sus deberes de cooperación

A eso se suma otra disposición clave: la prohibición de utilizar fondos públicos para defender o reembolsar la conducta ilegal de quienes hayan violado la ley de manera deliberada. Es decir, un alcalde o funcionario sancionado no puede recurrir a recursos del Estado o del municipio para cubrir su defensa legal si se determina que actuó en contra de la normativa.


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